Ley de la música en Argentina
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Mañana, 31 de agosto, se trata la ley de música en el plenario de comisiones del senado, en caso de ser aprobado, pasa a recinto.
La ley propone crear el instituto nacional de la música, con la función de fomentar la actividad musical.
Es imposible que alguien este en desacuerdo con la ley planteándola de esa manera, pero si nos tomamos el tiempo de leerla, comenzamos a ver puntos oscuros en algunos artículos, por ejemplo:
Funciones punto u) Propiciar entre los músicos el conocimiento de los alcances de la propiedad intelectual, de las instituciones de derechos de gestión colectiva, sus derechos como trabajadores, así como de aquellas instituciones que defienden sus intereses y derechos.
Se ponen la bandera de la cultura para publicitar el apoyo a la ley pero una de las funciones de la institución sera restringir la circulación cultural para favorecer los intereses de los productores.
Funciones punto v) Elaborar políticas tendientes a erradicar las reproducciones ilícitas de fonogramas y/o videogramas y las comunicaciones digitales clandestinas o no autorizadas.
Nuevamente, o estas a favor de la cultura o como es el caso de esta institución, a favor del lucro y de los intereses de los productores. En lugar de continuar en una guerra perdida contra la mal llamada "piratería", seria mucho mejor que la nueva institución sea manejada por gente que tenga capacidad de adaptación a las nuevas tecnologías y pueda acompañar a los artistas en el cambio de paradigma.
Articulo 12 punto I) Los gravámenes específicos que a los fines de esta Ley pudieran crearse en el futuro.
No hay mucho que opinar sobre este punto, lisa y llanamente dejan la puerta abierta para, una vez aprobada la ley de musica, atacar a todos los argentinos con el canon digital. Después de ver la fortuna que se llevo tedy bautista en España, parece que las gestoras argentina no se quieren quedar sin su tajada.
Si quieren leer la ley completa, la pueden descargar desde aca.