ago 20 2010

Diputados piden el uso de Estándares Abiertos en la Administración Pública

Categoría: derechosadmin @ 20:51

Los diputados Eduardo Macaluse, Claudio Lozano, Ricardo Cuccovillo y Nélida Beluos firmaron el proyecto que lleva el número 5914-D-2010 para promover los “formatos y protocolos estándares y abiertos y su implementación en la Administración Pública Nacional”.

El texto propuesto se basa en el trabajo realizado por Fundación Vía Libre, que incluyó además los resultados de la consulta pública realizada a la Comunidad de Software Libre local.

A continuación publicamos el texto completo del proyecto que deberá pasar por las comisiones de Presupuesto y Hacienda, así como de Comunicaciones e Informática.

El Senado y Cámara de Diputados,…

Implementación de Formatos y Protocolos

Estándares y Abiertos

en la Administración Pública

Artículo 1 – Objeto – La presente ley tiene por objeto: 1. Asegurar la interoperabilidad en los intercambios de información entre las entidades del Sector Público Nacional y entre éstas y los ciudadanos. 2. Asegurar la perennidad de los datos del Sector Público Nacional almacenados en formatos digitales 3. Garantizar el libre acceso a la información pública.

Artículo 2 – Ámbito de Aplicación – Sus disposiciones serán de aplicación en todo el ámbito del Sector Público Nacional, conforme los alcances establecidos por los artículos 8° y 9° de la ley 24.156, modif. ley 25.827 – Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional.

Artículo 3- Resguardo de información – Las entidades indicadas en el artículo 2 deberán almacenar toda información digital utilizando formatos que cumplan estándares abiertos, asegurando de esta manera la perennidad de los datos.

Artículo 4 – Información pública – Cuando las entidades indicadas en el artículo 2 pongan a disposición del público información en formatos digitales, deberán hacerlo empleando formatos y protocolos de comunicación que cumplan con estándares abiertos. Cuando estas entidades requieran información de parte del público, ésta deberá ser aceptada en al menos un formato que cumpla un estándar abierto, y a través de al menos un protocolo de comunicación que cumpla con estándares abiertos, sin perjuicio de que la petición pueda ser satisfecha además utilizando otros formatos y protocolos.

Artículo 5 – Definición – A los efectos de la presente entiéndase por “estándar abierto” cualquier especificación de codificación o transferencia de información que satisfaga las siguientes condiciones:

1. estar universalmente disponible para su lectura e implementación

2. no forzar al usuario a utilizar productos de proveedores o grupos determinados

3. permitir la libre implementación y utilización por parte de cualquier persona, sin regalías, derechos o cargos, excepto los cargos que el organismo normalizador pudiera requerir para certificar el cumplimiento;

4. no favorecer a un implementador por encima de otro u otros por ninguna razón distinta al cumplimiento de los estándares técnicos de una implementación.

Artículo 6 – Autoridad de Aplicación – Reglamentación – La Oficina Nacional de Tecnologías Informáticas, dependiente de la Subsecretaría de la Gestión Pública de la Jefatura de Gabinete de Ministros o, el organismo al que se le asigne en el futuro dicha competencia, será autoridad de aplicación de esta ley y elaborará y elevará la reglamentación pertinente en un plazo no mayor a 180 (CIENTO OCHENTA) días a partir de la promulgación de la presente. Asimismo, emitirá las normas complementarias que sean necesarias para establecer gradualmente una normalización de formatos de archivos que permitan su compatibilización entre los organismos del Estado nacional.

Artículo 7 – Invitación a Adherir – Invítase a los Gobiernos Provinciales, Municipales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherir a esta iniciativa.

Artículo 8 – Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Señor presidente:

Cada vez más, las herramientas informáticas intervienen los quehaceres cotidianos de la administración pública.

Para cumplir con sus funciones, la administración pública almacena y procesa información tanto de sus propias entidades como relativa a los ciudadanos.

Cuando tales tareas se realizan mediante equipamiento de procesamiento automatizado (computadoras), al deber del Estado de garantizar la confidencialidad de los datos, se suman otras responsabilidades:

superar los inconvenientes de la vulnerabilidad y obsolescencia de los soportes y de los programas informáticos;

superar los riesgos de pérdidas de datos;

asegurar su preservación y recuperabilidad, actual y futura;

asegurar el libre intercambio de información entre las entidades que integran la administración pública y entre éstas y los ciudadanos.

Los pilares que sustentan el cumplimiento de estos deberes son:

los formatos de archivo y

los protocolos de comunicación.

Formato de archivo es una manera particular de codificar información destinada a su almacenamiento.

Protocolo es el conjunto de reglas usadas por computadoras para comunicarse unas con otras a través de una red.

Si los formatos y protocolos son los pilares en que se sustenta el cumplimiento de ciertos deberes resulta incuestionable que el Estado debe adoptar al respecto una política que le asegure el absoluto señorío sobre la información que almacena y sobre los medios que utiliza para su transferencia.

Tal dominio sólo puede obtenerlo implementando estándares abiertos, esto es, formatos de archivo abiertos y protocolos de transmisión abiertos.

Un estándar abierto consiste en cualquier especificación para la codificación o transferencia de información que satisface las siguientes condiciones:

1. estar universalmente disponible para su lectura e implementación;

2. no forzar al usuario a utilizar productos de proveedores o grupos determinados;

3. ser implementado y utilizado libremente por cualquier persona, sin regalías, derechos o cargos, excepto los que el organismo normalizador pudiera requerir para certificar el cumplimiento;

4. no favorecer a un implementador por encima de otro u otros por ninguna razón distinta al cumplimiento de la especificación.

Estos estándares abiertos, a la vez, garantizarán que los recursos informáticos de la administración pública satisfagan estas exigencias:

INTEROPERABILIDAD

Es la capacidad de los sistemas de tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC) de intercambiar datos y posibilitar la puesta en común de información y conocimiento. Esta aptitud es la que habilita la eficaz gestión de los procesos administrativos entre agentes emisores y receptores de la información, con independencia del software utilizado.

INDEPENDENCIA

Los formatos y protocolos cerrados ponen a proveedores específicos en posición privilegiada respecto de otros. En muchos casos ocurre que un único proveedor está en condiciones de implementarlos en forma completa. De ahí que su uso conlleve la dependencia de la administración pública a empresas específicas de cuya provisión o servicio queda imposibilitada de prescindir. De esta manera, el propio Estado aparece concediendo a su proveedor una inadmisible posición dominante dentro de su propia estructura.

El Estado no sólo debe fomentar la libre competencia en el mercado y desalentar los monopolios, sino además y por sobre todas las cosas, ha de preservar su propia independencia tecnológica que, en este caso, es también independencia política. Y esto sólo puede lograrlo con la implementación de estándares abiertos.

LIBRE ACCESO A LA INFORMACIÓN

Dentro del ámbito de las administraciones y entidades públicas, los estándares abiertos garantizan el libre acceso de los ciudadanos a la información pública, así como la interacción del Estado con la sociedad, sin imponer marcas o fabricantes de software y hardware concretos.

Cuando la administración pública admite el uso de formatos y protocolos cerrados en sus sistemas informáticos, impone a la ciudadanía la necesidad de munirse de determinados recursos informáticos, especificados con marca y modelo, ya que sólo éstos son aptos para acceder a los datos de la administración pública. Esto es a todas luces discriminatorio e intolerable, en menoscabo de los derechos ciudadanos de acceso a la información garantizados por los artículos 4° y 7° del Anexo VII del dto. 1172/2003.

PERDURABILIDAD DE LOS DOCUMENTOS

ACCESO FUTURO

La perdurabilidad de los documentos es un requisito especialmente significativo en el caso de las administraciones y entidades públicas, para los que la legislación actual exige su adecuada conservación durante periodos que pueden llegar a ser de varias decenas de años, una eternidad en términos de vida y perdurabilidad de programas y arquitecturas de hardware de computadora.

La existencia de especificaciones públicas, abiertas y completas, hace posible el acceso en el futuro a la información generada en la actualidad, independientemente de la obsolescencia de los programas que se utilicen hoy para su almacenamiento digital.

Por tanto, solamente si la información se intercambia en formatos abiertos y estándares y es conservada en formatos abiertos y estándares es posible garantizar que se contará con diversas opciones de acceso a dicha información y que su manejo cumple con los niveles de seguridad y confiabilidad requeridos.

El proyecto de ley que se somete a consideración tiene por objeto garantizar que el Sector Público Nacional dé cumplimiento a responsabilidades que le son propias, asegurando el libre acceso a la información pública; la accesibilidad actual y futura a los datos; la compatibilidad de la información y de los recursos para su transferencia en el Sector Público Nacional; y la interoperabilidad entre las entidades del Sector Público Nacional y entre éstas y los ciudadanos. Por todo lo cual se solicita su aprobación.

Fuente: vialibre

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jun 24 2010

Recomiendan a fundador de Wikileaks evitar al gobierno de EE.UU.

Categoría: Generaladmin @ 22:41

Sus abogados han recomendado a Julian Assange, fundador de Wikileaks.org y consentido de los medios de comunicación, evitar ingresar a territorio EE.UU. o terrenos donde haya presencia militar de EE.UU., pues el gobierno de este país tiene gran interés en desenmascarar quien o quienes fueron su fuente de información del video publicado que muestra a militares de EE.UU. asesinando con armas de alto calibre a una docena de civiles iraquíes desarmados y dos reporteros de Reuters.

Assange asegura que tiene en su poder otro video que muestra a las fuerzas militares de EE.UU. asesinando a 140 civiles durante mayo de 2009, y cerca de 250 mil comunicados del Departamento de Estado que están relacionados con las operaciones de guerra en el extranjero.

Recientemente Assange apareció ante la cámaras en Bruselas, Bélgica, hablando acerca de la necesidad de defender la libertad de la información. Por el bien de Wikileaks y la libertad de expresión, esperemos que logre generar una imagen pública que le ayude a mantenerse a salvo y fuera de peligro de cualquier acción de parte de EE.UU.

Fuente: alcancelibre

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abr 25 2010

Reforma a la Ley de Propiedad Intelectual promulgada en Chile

Categoría: derechosadmin @ 18:35

El día 23 de abril se celebra cada año el día Mundial del Libro y de los Derechos de Autor y justamente en una de las actividades realizadas, específicamente en la Plaza de Armas de Santiago, fue promulgada por el presidente Piñera la ley que modifica la Ley Nº 17.336 sobre Propiedad Intelectual.

Es justamente esta ley fruto del proyecto enviado al parlamento hace 3 años por el ejecutivo y en la cual se incorporó nuevos artículos con el fin de “actualizar” la ley a un mundo donde el desarrollo de las tecnologías ha hecho cambiar de perspectiva los Derechos de Autor, debiendo adecuarlos a nuevas realidades. Por otro lado, también fue el instrumento para cumplir el tratado de Libre Comercio con EEUU.

Sin embargo, debemos recordar que este proyecto no estuvo exento de polémicas y conflictos de interés entre los distintos actores que intervinieron en su debate y fue justamente aquel proyecto por el cual se dio origen al acuerdo secreto entre la Sociedad de Derechos de Autor (SCD) y el Gobierno de Chile, lo que originó entre sus efectos la intervención directa de la Sociedad Civil a través de diversas formas y en donde movimientos ciudadanos como Liberación Digital tuvieron un rol importante de intermediación, concientización y búsqueda de protección de los derechos como “consumidores culturales” principalmente.

También debemos recordar como durante su discusión pudimos verificar como una de las mayores aspiraciones de los usuarios, que era el establecimiento de REALES USOS JUSTOS en la legislación nacional, se vieron truncados por el intervencionismo del gobierno, que puso fin a estos usos justos y solo quedaron reducidos a los llamados “usos justitos”, que permite ciertos usos en casos específicamente determinados.

Finalmente la gran lucha que vivimos principalmente los internautas se dio cuando se intentó establecer vía veto presidencial (y luego de una pelea previa consiguiendo su rechazo en el parlamento), de una norma que permitía a las Empresas Proveedoras de Acceso a Internet (ISP) a bloquear contenido y sitios en forma voluntaria y sin necesidad de contar con una orden judicial previa.

Tras un intenso lobby en el parlamento y una campaña de envío de emails a parlamentarios, orquestada entre diversos portales, movimientos ciudadanos, blogs y sitios en internet, se logró el rechazo absoluto de tal posibilidad, estableciéndose la regla general que un ISP no es responsable por actividad de usuarios y si algún autor pretende que un ISP bloquee contenido que presuntamente es ilegal, deba como todo chileno, recurrir a tribunales a solicitar tal orden judicial.

Podemos estar, por tanto, orgullosos de nuestro actuar ciudadano en la promulgación de la ley, pues fuimos parte de su discusión y adopción de la normativa. No nos quedamos cruzados de brazos ni nos dejamos someter a los, por que no, también legítimos intereses de una entidad privada de gestión de derechos como es el caso de la SCD, la misma entidad que representa tanto a autores como empresas que se lucran con los autores (sino, recordemos el caso del grupo Los Jaivas y el uso de su canción “Todos Juntos” cedida por la compañía Warner Chappell, quien tenía estos derechos de autor cedidos por el grupo en los años ´70, a una gran multitienda que los usó para sus fines comerciales).

Finalmente podemos decir que esta ley es un avance en muchas materias, pues se incluyeron excepciones y limitaciones a los Derechos de Autor (como caso de copias que pueden tener bibliotecas, uso de material para fines educativos y de enseñanza, transformaciones de obras para discapacitados, etc), pero no hay que descuidar lo que ocurre en otros países en esta materia.

Así, surge la noticia de la publicación de un documento que se estaría desarrollando denominada ACTA y que es la sigla de Anti-Counterfeiting Trade Agreement (Tratado de Comercio contra la Falsificación), la cual buscaría, entre otras cosas, fijar una nueva regulación de internet y las tecnologías de información, entre los países firmantes, que lamentablemente son los países más poderosos.

Nuevamente destaco el rol de el Lumpen Digital y demás actores que hicieron posible obtener una ley mucho más justa y equilibrada (que la originalmente contemplada) para todos.

Fuente: www.culturadigital.cl

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abr 23 2010

La Casa Blanca ayuda a Drupal

Categoría: Software libreadmin @ 20:38

Para los no entendidos, recordaremos que Drupal es un excelente CMS modular que facilita la construcción y gestión de websites, desde los más complejos a blogs personales. Como comentamos en su día por aquí, la Casa Blanca decidió migrar su web oficial a Drupal. En su migración, crearon una serie de módulos para facilitar la gestión de la web y obtuvieron excelentes resultados; tanto, que leemos hoy cómo el equipo técnico responsable de la web ha decidido ofrecerlos libremente a la comunidad.

Al ofrecer código libremente a la comunidad, “nos beneficiamos de la revisión y mejora” que más gente puede aportarnos, afirmó Dave Cole, miembro de la oficina de la presidencia estadounidense.

Cole informó que los módulos aportados mejoran las funcionalidades de Drupal en varios aspectos:

- Escalabilidad: gracias a los módulos “Context HTTP Headers” (para controlar páginas determinadas de una web); y “Akamai” que integra el método de entrega de contenidos su red en Drupal.

- Comunicación: el módulo “GovDelivery” mejora la gestión de comunicaciones de las mailing lists de la Casa Blanca.

- Accesibilidad: en el ámbito de las imágenes y vídeos del website, el módulo “Node Embed” facilita el cumplimiento de los estándares de accesibilidad.

Fuente: www.linuxzone.es

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mar 25 2010

Urgente! Participemos en el Decálogo para proyecto 1 a 1 del GCBA

Categoría: Generaladmin @ 0:17

Este viernes (26/3/10) a las 16hs. la gente de gleducar estará participando de la reunión convocada por el Ministerio de Educación del CGBA para definir el “Plan integral de informática educativa”, que proveería de una computadora (XO o Classmate) a cada alumno y maestro de la Ciudad de Buenos Aires. Para eso se está armando un decálogo de los puntos necesarios para que este proyecto incluya la plataforma educativa libre Sugar.

¡Es importante que los que queremos una sociedad libre participemos y apoyemos la iniciativa de Gleducar antes de este jueves!

Actualización

Fuente: librecultivo.org.ar

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mar 23 2010

El gobierno español continua apoyando a los lobbys y perjudicando a los ciudadanos

Categoría: derechosadmin @ 0:23

La ley de Economía Sostenible  ”irá al congreso tal y como está previsto” porque “es una medida suficientemente informada por los órganos consultivos, y está todo en orden”, afirmó la ministra de Cultura española, Ángeles González-Sinde durante la mañana de hoy.

El viernes, el proyecto de ley fue aprobado por el gobierno y enviado al Parlamento para su discusión, lo que causó la indignación de los internautas españoles.

La ley permitirá el bloqueo de sitios webs que permitan descargas de contenidos protegidos por derechos de autor, sin necesidad de una autorización judicial, permitiendo de esta forma que los grandes lobbys de empresas decidan que sitio puede estar online y cual no, despojando a los internautas de cualquier derecho o libertad que puedan tener.

A modo de respuesta, los internautas enviaron una carta a los ministros de Cultura de los 27 países de la Unión Europea, en la que se invita a las autoridades a participar en los eventos de protesta que se realizarán el 30 y 31 de marzo fuera del Congreso de la Industria Cultural organizado por la Cámara de Comercio en Barcelona.

“Conscientes de que posiblemente hayan dejado fuera de su Congreso a la comunidad creativa y a la ciudadanía debido a la apretada agenda de los ministros, los ciudadanos hemos querido paliar esta laguna creando un evento paralelo: el (D’) Evolution Summit“, señala la misiva.

Asimismo, algunos blogs han vuelto a publicar el Manifiesto en defensa de los derechos fundamentales de Internet, y mantenido el cierre voluntario de sitios enlazando sus blogs a http://www.noalcierredewebs.com/

Todavía no hay fecha para la discusión de la iniciativa, pero está claro que los internautas no se van a quedar de brazos cruzados.

Fuente: www.fayerwayer.com

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mar 05 2010

Detengamos el ACTA

Categoría: derechosadmin @ 20:33

ACTA significa “Anti-Counterfeiting Trade Agreement” que podría traducirse como “Acuerdo Comercial de Contra la Falsificación”. Parece un burocrático y lejano tratado de negocios, sin embargo de imponerse el marco legal que promueve, serán afectados sensiblemente aspectos de nuestra vida cotidiana, incidiendo sobre nuestros derechos y sobre nuestras libertades.

Ya en 2008 muchas agrupaciones que seguían de cerca el acuerdo advertían que ACTA pretendía:

  • Solicitar a los Proveedores de Servicios de Internet que monitorearan todas las comunicaciones de sus usuarios.
  • Obstaculizar el uso justo de materiales con copyright.
  • Criminalizar a quienes compartiesen archivos en internet usando programas Peer To Peer (P2P).
  • Limitar el acceso a medicamentos de bajo costo.

¿A quiénes afecta?

Si bien el ACTA es un acuerdo amplio, que incluye desde falsificación de marcas y bienes físicos hasta patentes sobre medicamentos, un área sobre la cual el tratado demuestra especial interés es la de la propiedad intelectual en el ámbito digital: la distribución en Internet y las tecnologías de la información.

Por esta razón ACTA nos afectará a todos, en especial a usuarios de computadoras e internet, pero también, como mencionamos, a quienes se benefician con los medicamentos genéricos fabricados a bajo costo, cuando un estado por razones de salud pública decide desconocer una patente o exigencias de los laboratorios (se trataría de comprometerlos a no ignorar ninguna patente).

En internet, se verán perjudicados quienes compartan contenidos por P2P, o quienes realizen remezclas a partir de contenidos obtenidos de la web, o quienes hagan periodismo ciudadano desde un blog recogiendo contenidos de los medios, para citar algunos ejemplos. En general, afectará a todos aquellos que nos beneficiamos de una red abierta y neutral que permite el libre flujo de la información.

Afectará la libertad de expresión, porque muchos usuarios quedarán expuestos a eliminación arbitraria de cuentas en los diversos servicios ofrecidos en la red (por ejemplo una cuenta en Flickr o Blogger), o incluso provocar desconexiones masivas de internet, por un proceso administrativo realizado y evaluado por el proveedor del servicio, es decir un privado, sin intervencion judicial previa.

Las empresas que den conexión a internet, u ofrezcan servicios en la red donde los usuarios suban contenidos, se les asignará esta función policial, en la medida que deseen mantenerse al margen de las demandas legales. Entonces, también afectará nuestra privacidad, porque para ejercer un control efectivo sobre un volumen tan grande de datos, los usuarios estarán más expuestos a un permanente monitoreo.

Pero el tratado no se limita a internet cuando se refiere a las tecnologías de la información: una persona cruzando una frontera con su palm o notebook podría ser acusada de contrabando si las autoridades aduaneras encontrasen archivos o programas fuera de regla (para lo cual además deberán requisar el contenido, es decir, otro atropello a la privacidad).

¿A quiénes beneficia?

A las industrias de contenido, que pretenden mantener su modelo de concentración y explotación monopolística sobre los bienes culturales a cualquier precio, actitud que es rechazada hasta por artistas famosos.

A los “dueños” de las redes físicas (las telefónicas) que persiguen la eliminación de la neutralidad de Internet, para transformarla en un servicio semejante a los “pay per view” (pagar por ver), para lo cual es fundamental controlar y limitar significativamente la libertad de circulación de la información.

Y finalmente… a los estados, una lectura más suspicaz sobre las consecuencias del tratado revela un hecho evidente: las mismas herramientas que se utilizarán para localizar un usuario que comparte archivos por p2p, se podrán usar para obtener la fuente de información de un periodista, o la identidad de quien publicó un texto o un video comprometedor para el poder.

¿Por qué es secreta?

Ante los pedidos realizados a la administración Obama (a raíz de su compromiso de campaña de mayor transparencia, y a que Estados Unidos es el principal impulsor del ACTA) para que hiciera públicas las negociaciones, su administración llegó a contestar, que se trataba de asunto de “seguridad nacional”.

Se realizaron y se realizan muchos intentos por exigir a los gobiernos que abran al público las negociaciones ¿Por qué tanto secreto? no cabe duda que tratándose de medidas que afectarán el interés público, el secreto sólo sirve cuando se negocia en contra de la ciudadanía, cuando el gobierno del estado no es del pueblo, ni por el pueblo, ni para el pueblo…

¿Quién controla el ACTA?

Como el ACTA es un acuerdo ejecutivo entre gobiernos negociado en secreto, la incidencia del control parlamentario es relativa en esta instancia, reservándole un rol sólo consultivo. Las estados que lideran las negociaciones son el G8 (El grupo de los 8 países mas poderosos), es decir, se realizan en forma unilateral, para establecer un marco legal concreto que luego otros países más vulnerables a las presiones “voluntariamente” podrán adherir, pero ya sin posibilidad de modificarlo.

Por esta razón el proceso se lleva a cabo por fuera de otras instituciones internacionales que tradicinalmente han negociado acuerdos sobre estas áreas, al menos en forma más o menos abierta y multilateral, como la OMPI, la OMC o la ONU.

¿Qué podemos hacer?

Informarnos de nuestros derechos, no dejarnos avasallar, difundir el tema, firmar las cartas y petitorios en contra, agregar banners a nuestros blogs, presionar sobre los políticos, sumarnos, contribuir o crear organizaciones sociales que resistan estos atropellos: asociaciones de internautas, organizaciones defensoras de derechos digitales, partidos pirata, organizaciones de la cultura libre, entre otras.

Y vale la pena plantearse no consumir la música, películas o videos de los grandes monopolios del entretenimiento que son los mismos que presionan a los estados para convertirte en un criminal. Hay un modelo alternativo de cultura que en vez de restringir y castigar, se basa en la libertad de crear, recrear, copiar y compartir: la cultura libre.

Fuente: www.derechoaleer.org

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feb 27 2010

Deriva extremista de la Presidencia española hacia el control de Internet

Categoría: derechosadmin @ 3:45

Ley de Economia Sostenible, rien ne va plus.

La Disposicion Final Primera de la LES nos está negando el futuro.

Red SOStenible y La Quadrature du Net denuncian como ayer la presidencia europea española ha dirigido al consejo de la Unión Europea un documento en el que se equiparan a la brocha gorda la pedofilía, la propaganda fundamentalista y xenófoba y la vulneración de la propiedad intelectual.

El documento ha provocado indignación dentro del Consejo por su claro cariz propagandista y por el evidente intento de justificar a nivel europeo, a través de la burda criminalización, las operaciones de apoyo incondicional a los lobbies de la industria cultural que España quiere llevar a cabo dentro de su territorio a través de la DF1 de la LES.

Mientras ayer la ministra de cultura Ángeles González Sinde dejaba caer que “no hay novedades”, indicando asi como ya no hay intencion por parte del gobierno de revisar la redacción de la DF1, Presidencia enviaba al Consejo este documento que, con tonos apocalípicos, habla textualmente de Internet como de un “instrumento de retroceso social” y acaba pidiendo directamente a los países si pueden boquear paginas de Internet.

Según manifiesta el letrado barcelonés Josep Jover, autor de la vía prejudicial europea en tema del Canon Digital y que el próximo día 4 de Marzo llevará al Tribunal de Luxemburgo el caso SGAE/TRAXTORE, “en toda Europa se cuestionan las formas y modos, fuera de toda racionalidad, que se han querido imponer por el gobierno y las entidades de gestión españoles”. Tanto es así que, en un acto nada usual, el propio Tribunal Europeo ha ordenado suspender motu proprio todo procedimiento sobre canon digital.

España ya vivió la Inquisición una vez: oscurantismo y vasallaje

La disposición final primera de la LES nos está negando el futuro.

En los últimos meses, la sociedad civil española, en una masiva prueba de madurez y de inteligencia democrática ha estado trabajando sin cesar para ofrecer al gobierno soluciones y una salida consensuada para fomentar un Internet ético y beneficioso para todos (véase Manifesto y Red SOStenible).

Frente a la grave situación en la que se encuentra el país, vemos con asombro como el gobierno, tras un primer loable esfuerzo de apertura con la primera modficación de la DF1 de la LES, ahora, presa del pánico, repliega hacia los viejos sistemas conocidos e ineficaces de apoyo a las multinacionales mas inmovilistas, devastando las posibilidades de recuperación que ofrecería potenciar de forma inteligente las nuevas opciones ofrecidas por el desarrollo digital e Internet.

Cuando, entre 2006 y 2008, la ciudadania denunciaba masivamente la burbuja inmobiliaria, el gobierno hizo oídos sordos en favor de los lobbies de la construcción. De ahí esta crisis anunciada.

Ahora el respeto y la comprension de las opciones que ofrece Internet como instrumento de progreso social son la salida de la crisis.

El gobierno hacen oídos sordos en favor de los lobbies de la industria cultural.

Además, esta situación latente está precipitada por la invasiva presión por parte de los lobbies privados de la industria de EEUU (la Alianza Internacional de la Propiedad Intelectual (IIPA que agrupa a Association of American Publishers (AAP), Business Software Alliance (BSA), Entertainment Software Association (ESA), Independent Film & Television Alliance (IFTA), Motion Picture Association of America (MPAA), National Music Publishers’ Association (NMPA) y la Recording Industry Association of America (RIAA) )a través de su recientemente publicado Special 301 Report, un informe que estigmatiza como “pirata” a toda la sociedad española.

Este informe, con un tono paternalista y poco respetuoso de las leyes que riguen nuestro país, como si de una colonia se tratara, indica el camino a seguir: textualmente da la LES por descontada afirmando que es un primer paso y apremia a hacer más.

La actitud de vasallaje del gobierno es particularmente grave por los siguientes motivos:

  • Como refleja de forma muy exhaustiva y documentada un informe de la prestigiosa organización Consumer International, la política estadounidense en este sentido mantiene una doble moral: el rigor que exigen a sus “aliados” no es el mismo que practican en su propio país, ya que la aplicación del “fair use”, vigente en su legislación, permite muchas más excepciones al “copyright” de las que permiten las legislaciones europeas con, por ejemplo, el derecho a copia privada y otros derechos.
  • La industria del entretenimiento made in USA hizo presión a favor del informe 301 para defender su mercado. Pero los intereses de la industria cultural española son justamente que cese el monopolio de la industria americana y que se equilibren las cuotas de mercado.
  • Como queda claro por los recientes acontecimientos, España y Europa no son los interlocutores de EEUU para la recuperación económica, son solo vasallos, mercados. La mirada de EEUU está en Asia.

Ceder a las presiones de los lobbies para complacer a EEUU es sencillamente un suicidio. España, cuya legislación en este momento es la más avanzada de occidente cuanto a posibilidades de desarrollo hacia nuevas formas de copyright, pierde la posiblidad histórica de liderar la transformación europea hacia una nueva economía basada en las opciones del nuevo desarrollo digital y de Internet.

Otros países con más inteligencia en la recuperación como Brasil o Islandia ya lo están haciendo.

La Disposición Final Primera de la LES nos está negando el futuro.

Derechos fundamentales: Derecho a un progreso económico beneficioso para todos y no sólo para multinacionales y lobbies

“Se considera que solamente el “autor”, a saber, el creador, ya sea hombre o mujer, como individuo o como grupo de personas, de producciones científicas, literarias o artísticas(…), pueden ser los beneficiarios de la protección de los “intereses materiales” (Art. 15, párrafo 1 (c),). Bajo los regímenes de protección de los tratados internacionales existentes, las personas jurídicas también están incluidas entre los ostentadores de derechos de propiedad intelectual. Sin embargo, como se puede ver arriba, sus derechos, al ser de diferente naturaleza, no pueden protegerse al nivel de los derechos humanos”.
Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de la ONU [GE.06-40060 (E) 020206)

Es inminente la presentación del informe preliminar de la subcomisión parlamentaria consultiva con respecto a Propiedad Intelectual.

En el redactado en discusión vemos con preocupación como no se dirime la ambigüedad promovida por ciertos sectores de tratar la propiedad intelectual equiparándola con los derechos fundamentales de los ciudadanos.

Confiamos en el debate que se está llevando a cabo dentro de de la subcomisión, una comisión que representa el espectro del parlamento, para que refleje cuanto está siendo manifestado por parte de la ciudadanía, la Fiscalía, la Comisión Nacional de Competencia, el Supervisor Europeo para la Protección de los Datos e incluso de la ONU entre otros, cuando dicen que la justa y necesaria defensa de los legítimos derechos de los autores puede ser llevada a cabo sin socavar los derechos fundamental.

Confiamos en que los partidos sepan reconducir la problemática hacia un desarrollo beneficioso económica, social y culturalmente para todos dentro del marco de los nuevos retos de la era digital.

En este sentido la ciudadanía está poniendo marcha varias iniciativas.

Red SOStenible reitera que es necesario escuchar a la sociedad civil. La sociedad civil de la era digital tiene los instrumentos para que sus votos no sean desperdiciados y desea una relación con sus diputados de colaboración constante, no cada 4 años.

La ciudadanía digital tiene memoria.

Y es capaz de demostrarlo.

fuente:  red-sostenible.net

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feb 27 2010

Lo que Microsoft sabe de vos y le muestra a las autoridades

Categoría: derechosadmin @ 2:37

El Microsoft® Online Services Global Criminal Compliance Handbook es el último descubrimiento de Cryptonome y es, básicamente, el conjunto de políticas y lineamientos de información que Microsoft guarda de tus movimientos en sus servers y que comparte con las autoridades. El documento hasta le enseña a las autoridades como hacer el pedido para que MSFT no pueda tener problemas de PR y a entender, por ejemplo, un log de datos.

¿Sabías que tu XBox guarda la IP desde donde te conectás a perpetuidad? ¿sabías que, aunque Microsoft no guarda tus conversaciones del MSN Messenger, tiene los datos de quienes están en tu lista de contactos para entregar sin problemas? ¿sabías que para evitar problemas de privacidad cuando las autoridades quieren una foto de un MSN Spaces simplemente deben pedir el contenido del Space completo, total MSFT te dice como encontrar la data que necesitás?

Y es cierto, al menos tienen procedimientos para que las autoridades puedan perseguir a criminales o terroristas (palabra de moda si las hay) como hicieron con Google cuando un grupo de jóvenes molestó a un chico autista (y de paso evitan que sus ejecutivos sean encerrados) pero la realidad es que no termino de entender la necesidad de hacer que esto no se haga público al punto de pedir la suspensión de las cuentas del site que los descubrió.

Mientras lo podrían haber explicado de forma simple: “miren, la realidad es que por ley debemos entregar datos, la mejor forma de hacerlo es tener procedimientos claros” o “miren, gracias a la data de una XBox podemos saber donde hay un ladrón o encontrar un secuestrador” que son ejemplos creíbles y reales la embarraron tanto que:

a) La información se replicó tanto que ahora está distribuída en al menos 15 servers (incluyendo dos en repúblicas sin leyes digitales)
b) Todos estamos leyendo el documento y descubriendo todo lo que Microsoft sabe de mi y todo lo que le facilita a las autoridades para que sepan mi vida online
c) Ahora son un ejemplo claro y docuemntado de que la privacidad online NO existe.

Y una última reflexión ¿en serio se imaginan que es la única empresa de Internet que tiene este tipo de políticas? Ni las cosas se borran cuando vos lo imaginás, ni los datos desaparecen en cuanto “pasa un tiempito”, ni las únicas amenazas a la nube son externas.

Nota: El sitio original Cryptome fue dado de baja por pedido expreso de MSFT escudado en la DMCA pero ya están abriendo en otro lado y el documento llegó hasta a Wired… Efecto Streisand hasta en la sopa:

Fuente: www.uberbin.net

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ene 27 2010

¿El gobierno de EEUU usa una puerta trasera en Gmail?

Categoría: derechosadmin @ 13:05

Leyendo la noticia titulada U.S. enables Chinese hacking of Google, se puede leer entre líneas que Google tiene una puerta trasera que permite al gobierno de EE.UU. acceder libremente a las cuentas de Gmail: “Con el objetivo de cumplir con los requisitos del gobierno sobre búsquedas en datos de los usuarios, Google creó una puerta trasera para acceder a las cuentas de Gmail.

Esta característica fue la que los hackers chinos aprovecharon para ganar acceso al sistema”. Desde luego, una cosa es intuirlo y otra bien distinta es saberlo.

Es probable que estuviera anunciado en las condiciones que aceptas al crear la cuenta o en la política de privacidad, pero son cosas que la mayoría de los usuarios no leemos, por encontrar el documento farragoso e innecesariamente largo.

¿No deberían haberlo advertido a los usuarios? No soy muy ducho en leyes, pero me parece que en España es obligatorio advertir a los usuarios si sus cuentas son espiadas o monitorizadas por terceros, y en algunos casos, incluso es ilegal.

Fuente: barrapunto.com

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